En Costa Rica, el área donde el mar se encuentra con la tierra se conoce como la zona marítimo-terrestre, ZMT, y está controlada por leyes que definen este límite calculado desde la marea alta promedio. La zona marítimo-terrestre es considerada territorio nacional propiedad del Estado de Costa Rica, lo que significa que no puede ser vendida ni poseída privadamente con el tiempo. Sin embargo, es posible arrendar parte de esta tierra bajo un acuerdo de concesión en Costa Rica, y en casos muy raros existen propiedades frente a la playa con título privado que no están sujetas a la ley de la zona marítimo-terrestre. La principal ley que rige esta zona marítima se llama «Ley de la Zona Marítima Terrestre» o Ley 6043.

zona marítimo-terrestre

La zona marítimo-terrestre en Costa Rica se divide en dos áreas distintas que juntas comprenden 200 metros tierra adentro, medidos desde la marea alta. Sí, puede ser un cálculo que pasa por movimientos, pero existen parámetros establecidos para ello.

Las dos áreas que comprenden la zona marítimo-terrestre de 200 metros en Costa Rica son:

La Zona Pública (50m): La primera área fuera del agua se llama Zona Pública. Esta área se extiende desde la línea donde comienza la tierra hasta 50 metros tierra adentro.

La Zona Restringida (150m): La segunda parte de la Zona Marítima es un área medida 150 metros tierra adentro desde el final de la zona pública. Se le llama Zona Restringida.

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